Oleoducto de Crudos Pesados presentó una demanda en contra del Estado ecuatoriano en marzo de 2018 ante la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya. OCP, por su parte, alegó que el Servicio de Rentas Internas interpretó la ley tributaria en su contra, privando a la petrolera de su derecho a deducir los intereses de los ingresos imponibles pagados en relación con el préstamo generado. Según OCP, Ecuador violó las provisiones del contrato de inversión relacionadas con seguridad jurídica, expropiación sin indemnización, garantías de libre remisión de capital, trato justo y equitativo y derecho al debido proceso.

El mes pasado, OCP retiró la demanda presentada el año pasado por la promulgación de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal; la cual dio amnistía en el pago de intereses y multas por deudas tributarias hasta diciembre de 2018.

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