El pasado 25 de febrero de 2019, una jueza del Distrito Sur de Nueva York negó una orden de restricción solicitada por Oxy en contra de Encana. De esta manera, permitió que Encana sea parte adicional en el proceso arbitral CIRD seguido por Andes Petroleum Ecuador en contra de Oxy. Su motivación fue que Oxy no pudo probar que la presencia de Encana en el proceso arbitral le causaría un daño irreparable.

Tanto Andes como Encana alegan que tienen derecho a recibir un porcentaje del monto valorado por el tribunal CIADI en el marco del arbitraje de Oxy en contra del Estado ecuatoriano por la terminación unilateral del contrato de participación iniciado en 1999. Inicialmente, en julio de 2017 Andes presentó una demanda arbitral ante el Centro Internacional para la Resolución de Disputas bajo reglas AAA en contra de Oxy para solicitar dicho monto. Poco después, en agosto de 2017, Encana solicitó ser parte de dicha controversia con el consentimiento de Andes.

Existen varias razones por las cuales ambas petroleras alegan su derecho para recibir dicho monto:

  • En el arbitraje CIADI seguido por Oxy en contra de Ecuador, un Comité de Anulación redujo el monto ordenado por el tribunal en el laudo debido a que este se extralimitó en sus facultades, sin tomar en cuenta el 40% de interés del contrato de participación a favor de Andes.
  • Andes alega que Oxy se comprometió a pagar dicho monto. Sin embargo, Oxy niega su responsabilidad al respecto.
  • Encana alega su derecho debido a que, en 2005, Encana vendió a Andes el 40% de interés originalmente acordado con Oxy. Así, después de la terminación unilateral del contrato de participación, Oxy pagó a Andes una indemnización y fue allí donde nació su derecho a recibir el 50% del monto que reciba Andes en el arbitraje CIRD en contra de Oxy.

Por su parte, el 19 de febrero, el Tribunal arbitral CIRD alega que sí tiene facultad para permitir la participación de Encana en el proceso arbitral puesto que en el acuerdo entre las partes para la transferencia del 40% del interés del contrato de participación, dieron su consentimiento para que, en caso de ser necesario, el Tribunal arbitral extienda sus facultades para tomar decisiones procedimentales más allá de las reglas explícitas AAA que rigen al arbitraje en cuestión.

Así, el 26 de febrero de 2019 Oxy retiró voluntariamente su solicitud de orden de restricción en contra de Encana.

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